Gobierno reglamenta la Renta Vitalicia Inmobiliaria en Colombia

Gobierno reglamenta la Renta Vitalicia Inmobiliaria en Colombia

El Gobierno Nacional le dio luz verde a la Renta Vitalicia Inmobiliaria, un instrumento diseñado por la Unidad de Regulación Financiera (URF) para lograr el objetivo que se propuso con la hipoteca inversa.

De acuerdo con el Ministerio de Vivienda, esto les dará la posibilidad a las personas de hacer uso del patrimonio inmobiliario para obtener mayores ingresos habituales, “lo cual representa un gran potencial de generación de beneficios económicos y sociales”.

“La Renta Vitalicia Inmobiliaria ofrecerá una alternativa para que los hogares colombianos puedan generar ingresos complementarios a partir de sus activos inmobiliarios, con la posibilidad de que mantengan los derechos de uso y goce sobre el inmueble”, dijo Felipe Lega, director de la URF.

Desde hace años, Colombia ha venido promoviendo estrategias con el objetivo de desarrollar un sistema financiero eficiente, que atienda a la sociedad, cuente con una amplia variedad de productos e incentive la participación de más inversionistas; la Renta Vitalicia Inmobiliaria es un avance en este tipo de estrategias», agregó.

Voluntariamente, cualquier persona podrá ingresar a esta figura, la cual tampoco tiene un límite de edad. De esta manera, quien esté interesado en tomar el seguro deberá acreditar la propiedad de un bien inmueble y lo transferirá como título de pago del precio de la prima cuando se suscriba el contrato.

Cada entidad aseguradora será la encargada de determinar el monto periódico, que tendrá en cuenta principalmente el avalúo del bien y la edad de los beneficiarios.

Así las cosas, la Renta Vitalicia Inmobiliaria en Colombia funcionará en dos modalidades: la renta vitalicia inmobiliaria inmediata y la renta temporal cierta con renta vitalicia inmobiliaria diferida.

Adicionalmente, quienes estén en el programa y se arrepientan podrán pedir la anulación o reversión del contrato. Para esto, deberán pagarle a la aseguradora el valor de las rentas recibidas hasta la fecha, así como los gastos que esta haya asumido sobre el mantenimiento del inmueble.

“Este es un instrumento que podrán ofrecer las compañías aseguradoras de vida. En el marco de la operación, según se acuerde en el contrato de seguro, los tomadores tendrán el derecho a conservar el uso y disfrute del bien inmueble hasta el fallecimiento del último de ellos”, aseguró el ministro de Vivienda, Jonathan Malagón.

Contenido vía: Revista Dinero

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